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El TSJ confirma la sanción al celador mayor de Fuentes Carrionas por su implicación en una cacería ilegal

El TSJ confirma la sanción al celador mayor de Fuentes Carrionas por su implicación en una cacería ilegal

Enviado por Cadenaser.com el 11-01-2018

Fue sancionado a 2.904 euros de multa, retirada de la licencia de caza durante tres años y pago de una indemnización de 15.000 euros por daños a las especies cinegéticas.
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia en la que rechaza el recurso presentado por el celador mayor de la Reserva de Caza de Fuentes Carrionas contra la sanción administrativa de la que fue objeto por su implicación en una cacería ilegal. Es decir, el tribunal, en una resolución que no es firme, confirma la sanción impuesta por la Junta de 2904,29 euros de multa, la retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un periodo de tres años y el pago de una indemnización por daños a las especies cinegéticas de 15.000 euros.

Nuevo varapalo judicial para quien debía hacer cumplir la legalidad en la zona de caza poniendo coto a las cacerías ilegales. La resolución sancionadora se fundamentó en una sentencia del juzgado de lo Penal de Palencia en la que se indicaba que el celador, J. D. G., mediando falsificación de documento oficial y apropiación indebida, llevó a un particular a cazar durante tres días sin permiso de la administración. En esas batidas ilegales fueron abatidos un ciervo macho y un rebeco en Triollo y en el paraje Peña del Tejo.

El celador alegaba en su recurso la caducidad del procedimiento sancionador por infringir la Ley de Caza de Castilla y León. Defendía la prescripción de la infracción, así como la vulneración de los principios de prejudicialidad penal y la improcedencia de fijar indemnización. El tribunal rechaza esos argumentos en base a que se trata de una infracción grave y recuerda que "cazar no solo consiste en el hecho de abatir las piezas de caza de manera directa, sino también en el fecho de facilitar la captura de dichas piezas por parte de terceros". Y es que el recurrente, no solo expidió falsos permisos de caza e incurrió en apropiación indebida; sino que además "acompañó al cazador otorgando a la situación un mayor grado de credibilidad o apariencia de acomodación a la legalidad". En lo referente a la cuantía de la indemnización de 15.000 euros, se mantiene que "está en función de lo dispuesto en el Decreto de la Junta de Castilla y León por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas".

 

FUENTE: http://cadenaser.com


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